Desde Bufete Antonio Font, como expertos en materia fiscal y tributaria, realizamos este balance sobre las principales novedades introducidas para la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondiente al ejercicio 2015, haciendo hincapié en aquellos aspectos más relevantes de dichas modificaciones:

  1. Se crea una nueva tarifa aplicable a la Base Liquidable General, en la que se reduce el número de tramos y se revisan los tipos marginales (tipo mínimo del 19% y tipo máximo del 47,50%, para contribuyentes residentes en Baleares).
  2. Se crea una nueva tarifa aplicable a la Base Liquidable del Ahorro, en los siguientes términos:
    Ejercicio 2015
    Base Liquidable Tipo
    0 – 6.000 19,50%
    6.000 – 50.000 21,50%
    > 50.000 23,50%
  3. Se elevan los mínimos personales y familiares.
  4. Se suprime la exención de 1.500 euros aplicable a los dividendos.
  5. Se suprime el régimen transitorio de los coeficientes de abatimiento, limitándose su aplicación a las transmisiones de elementos patrimoniales cuyo valor de transmisión no supere la cuantía de 400.000 euros.
  6. Se elimina la aplicación de los coeficientes de corrección monetaria para el cálculo de la ganancia patrimonial generada en la transmisión de bienes inmuebles.
  7. Se incorporan a la base imponible del ahorro las ganancias y pérdidas patrimoniales cualquiera que sea el periodo de permanencia en el patrimonio del contribuyente.
  8. Se introduce la posibilidad de compensar rendimientos con ganancias y pérdidas patrimoniales en la base imponible del ahorro.
  9. Se limita la exención de las indemnizaciones por despido a la cuantía de 180.000 euros.
  10. Se reduce del 40% al 30% el porcentaje de reducción aplicable a los rendimientos con período de generación superior a dos años u obtenidos de forma notoriamente irregular en el tiempo.
  11. Se incentiva fiscalmente la constitución de rentas vitalicias aseguradas por contribuyentes mayores de 65 años, declarando exenta la ganancia patrimonial derivada de la transmisión de cualquier elemento patrimonial, siempre que el importe obtenido en la transmisión se destine a constituir una renta de tal naturaleza.
  12. Se suprime la deducción por alquiler de la vivienda habitual (se regula un régimen transitorio para los contratos de arrendamiento de vivienda suscritos con anterioridad a 2015).
  13. Se elimina la reducción del 100% aplicable a los rendimientos de capital inmobiliario derivados del arrendamiento a jóvenes menores de 30 años.
  14. Se modifica la fiscalidad de las aportaciones a planes de pensiones:
    a) Se rebaja a 8.000 euros anuales la cuantía máxima prevista para las aportaciones anuales a sistemas de previsión social que dan derecho a reducir la base imponible.
    b) Se incrementa de 2.000 a 2.500 euros anuales la reducción por aportaciones a favor del cónyuge que no obtenga rendimientos superiores a 8.000 euros anuales.
    c) Se establece un nuevo supuesto de rescate que permite a los partícipes disponer anticipadamente del importe de sus derechos consolidados correspondiente a aportaciones realizadas con al menos 10 años de antigüedad.
  15. Se minora la reducción por obtención de rendimientos del trabajo.
  16. Se introduce un nuevo concepto de gastos deducibles de los rendimientos íntegros del trabajo en la cuantía fija de 2.000 euros (“otros gastos”).
  17. Se establece una nueva exención de los rendimientos positivos del capital mobiliario procedentes de seguros de vida, depósitos y contratos financieros a través de los cuales se instrumenten los Planes de Ahorro a Largo Plazo, siempre que el contribuyente no efectúe disposición alguna antes de finalizar el plazo de 5 años desde su apertura.
  18. Se crean tres nuevas deducciones en la cuota diferencial en forma de impuestos negativos (deducciones por familia numerosa o personas con discapacidad a cargo).

Desde Bufete Antonio Font quedamos a su disposición para aclarar o ampliar cualquier cuestión que estime de interés relativa a estas modificaciones.

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