Breve apunte sobre las principales materias afectadas por la Reforma, acompañado de un cuadro comparativo de los artículos reformados.
Las materias más importantes, según nuestro parecer, que han sido objeto de modificación son las siguientes:
- recargos: reducción al 10% por determinados retrasos en los pagos a la Seguridad Social.
- pluriactividad: en cuyos casos se procederá a la devolución del exceso de cotizaciones.
- tarifa plana: al ampliarse a 12 meses y reducirse a dos años el período sin cotización para acceder al beneficio.
- conciliación de la vida laboral y familiar: bonificaciones a las mujeres autónomas tras maternidad, adopción, etc.
- participación de los autónomos en determinadas instituciones al potenciarse la misma.
- accidente de trabajo in itinere: queda equiparado a las contingencias profesionales.
- contratación de familiares, al establecerse bonificaciones temporales del 100% al contratar familiares.
- inscripción y alta en la Seguridad Social y pago por día trabajado: posibilidad de darse de alta hasta 3 veces a lo largo de un año natural, pagando sólo por los días trabajados.
- cotización: cuyas bases se podrán cambiar hasta 4 veces al año.
- compatibilidad de pensión y salario: cumplida la edad de jubilación y teniendo empleados a cargo, se podrá compatibilizar el cobro del 100% de la pensión con el mantenimiento de la actividad.
- prestaciones por maternidad y paternidad: a partir del 1 de marzo de 2018, consistirán en un subsidio equivalente al 100% de la base reguladora diaria, calculada conforme a las cotizaciones de seis meses anteriores.
- domiciliación obligatoria del pago de cuotas: a partir del 1 de enero de 2018, los trabajadores autónomos y los trabajadores del mar por cuenta propia vendrán obligados a la domiciliación obligatoria del pago de cuotas.
- cotización de autónomos societarios: cambios en cuanto a la cuota mínima de cotización de los autónomos societarios -con al menos 10 asalariados-, desvinculándose de SMI y a la base mínima del Régimen General.
- mejoras para las personas con discapacidad, víctimas de violencia de género y víctimas del terrorismo.
Cuadros comparativos tras las modificaciones operadas por la Ley 6/2017, de 24 de octubre, de reformas urgentes del trabajo autónomo: