Por medio de presente, pasamos a informarle sobre las principales novedades introducidas por el Real Decreto-ley 6/2021, de 20 de abril, por el que se adoptan medidas complementarias de apoyo a empresas y autónomos afectados por la pandemia de COVID-19.

AYUDAS DIRECTAS:

Se modifican los siguientes aspectos del Real Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19:

  • Con carácter general, no podrán acogerse a las ayudas directas aquellos empresarios o profesionales que hayan declarado un resultado neto negativo en el 2019. Sin embargo, se establece un nuevo apartado según el cual, las Comunidades Autónomas y Ciudades de Ceuta y Melilla podrán establecer excepciones atendiendo a circunstancias excepcionales acontecidas en 2019 debidamente justificadas en sus convocatorias.
  • Los destinatarios de estas ayudas deberán acreditar una actividad que se clasifique en alguno de los códigos de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas -CNAE 09- previstos en el Anexo I de la norma en el momento de su entrada en vigor. Excepcionalmente, las Comunidades Autónomas y Ciudades de Ceuta y Melilla podrán otorgar ayudas directas a empresarios o
    profesionales y entidades adscritas a actividades que se clasifiquen en códigos de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas -CNAE 09- no incluidos en el Anexo I que se hayan visto particularmente afectados en el ámbito de su territorio, debidamente justificadas en sus convocatorias.

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